Info Day Mayo
Por: Grupo Day
Reparto de utilidades 2024

Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 9, 11, 14, 15, 23, 29 y 30

El 4 de junio de 2024 se publicó en el DOF la 1ra RMRMF para 2024, dentro de la cual se pueden encontrar las siguientes reglas:

Presentación de la declaración del ISR del ejercicio por liquidación para personas morales del régimen general de ley 2.8.3.2.

Para los efectos de los artículos 9o., 11 y 31 del CFF y 12, primer párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en términos del Título II de la citada Ley, que entren en liquidación y deban presentar declaración del ejercicio por terminación anticipada, deberán realizarlo a través de la declaración anual que corresponda al régimen en el que se encuentren tributando.

Las declaraciones anuales por cada ejercicio en el que se encuentren en liquidación o declaración final del ejercicio de liquidación deberán presentarse a través del aplicativo "Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores".

Presentación de la declaración del ISR del ejercicio por liquidación para las personas morales que se indican 2.8.3.6.

Para los efectos de los artículos 9o., 11 y 31 del CFF y 12, primer párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en términos del Título II, Capítulos VI, VII y VIII de la citada Ley, que entren en liquidación, deberán presentar tanto la declaración del ejercicio por terminación anticipada, como las declaraciones anuales por cada ejercicio en el que se encuentren en liquidación o declaración final del ejercicio de liquidación, a través del aplicativo "Presenta tu declaración anual de personas morales".

Las personas morales del Título III de la Ley del ISR, que se disuelvan, presentarán la declaración a que se refiere el artículo 86, último párrafo de la referida Ley, a través del aplicativo señalado en el párrafo anterior.

Reanudación de actividades en el RFC de contribuyentes inactivos suspendidos del Régimen Simplificado de Confianza 3.13.34.

Para los efectos de los artículos 113-E, tercer párrafo y 113-I, segundo párrafo de la Ley del ISR, cuando la autoridad fiscal suspenda a los contribuyentes personas físicas que tributan en términos del Título IV, Capítulo II, Sección IV, por haber detectado que en un ejercicio fiscal, no emitieron comprobantes fiscales, no presentaron pago mensual alguno, ni la declaración anual del ejercicio fiscal; los contribuyentes suspendidos podrán reanudar su situación fiscal presentando el aviso de reanudación de actividades en términos de la regla 3.13.2.

Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero 3.16.11.

Para los efectos del artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2023 es de 0.0000.

Al mismo tiempo a través de articulo segundo y tercero transitorio se prorroga la obligación del cumplimiento de contar con buzón tributario y E-firma, hasta el 1 de enero de 2025 solo para RESICO.

Publicación….

Límite máximo de 3 meses establecido para el reparto de PTU.

La suprema corte de Justicia de la nación resolvió el amparo 633/2023 consiste en determinar si la fracción VIII del artículo 127, de la Ley Federal del Trabajo, es violatorio de lo previsto en los artículos 14 y 123 de la Constitución Federal; por establecer que el monto de la participación de utilidades tendrá como límite tres meses del salario del trabajador.

Con el argumento que, el tope de tres meses no es absoluto, pues admite la posibilidad de que se tome en cuenta el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años y siempre se optará por la opción que favorezca al trabajador, se considera constitucional la fracción VIII del articulo 127 de Ley federal del Trabajo.

Amparo 633/2023.

Devolución de saldo a favor de ISR. Cuenta clabe

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que, ante una solicitud de devolución automática de saldo a favor por concepto del impuesto sobre la renta, la autoridad fiscal no tiene la obligación de verificar que el contribuyente sea el titular de la cuenta CLABE proporcionada en la declaración, previo a realizar la transferencia.

Jurisprudencia.

Buzón IMSS

El 7 de junio de 2024, se adicionaron los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 286 M; por lo tanto, los patrones y asegurados deberán estar pendientes de la publicación de las reglas carácter general para su operación y los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS.

Artículo 286 M. El Instituto realizará notificaciones, citatorios, emplazamientos; requerir o solicitar informes o documentación, o emitir resoluciones e informar sobre aspectos de interés a las personas particulares, a través del Buzón IMSS.

Para efectos del párrafo anterior, las personas particulares deberán registrar y mantener actualizados los medios de contacto con el Instituto, de acuerdo con los lineamientos que para tal efecto apruebe el Consejo Técnico.

Para el caso específico de los patrones o sujetos obligados, lo establecido en el presente artículo, se llevará a cabo, sin perjuicio de que el Instituto pueda efectuar las notificaciones de sus actos en los términos y con las formalidades establecidas en la ley, el Código y demás disposiciones aplicables.

Para el caso específico de los patrones o sujetos obligados, lo establecido en el presente artículo, se llevará a cabo, sin perjuicio de que el Instituto pueda efectuar las notificaciones de sus actos en los términos y con las formalidades establecidas en la ley, el Código y demás disposiciones aplicables.

Cuando las personas particulares, no habiliten, señalen datos erróneos, no registren o no actualicen sus medios de contacto, el Instituto podrá efectuar sus notificaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134, fracción III del Código.

Para la utilización de medios electrónicos, será aplicable lo dispuesto en el Código en todas aquellas disposiciones que lo complemente y no contravenga la regulación prevista en la presente Ley.

Reforma.

índice Nacional de Precios y Cotizaciones abril 2024

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de mayo 2024. En la primera y segunda quincena de mayo 2024, el INPC registró niveles de 134.218 y 133.955, respectivamente; por lo tanto, el INPC mensual para mayo 2024 es de 134.087. La inflación anual se ubicó en 4.69% comparando INPC de mayo 2023.

Comunicado….